sábado 27 de julio de 2024 - Edición Nº2061

Macro y Micro | 7 nov 2022

A partir de noviembre

La AFIP reglamentó las modificaciones en Ganancias para empleados

El nuevo piso para el pago del tributo es de $330.000


El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que el nuevo piso por el cual los trabajadores en relación de dependencia deberán pagar el impuesto a las Ganancias es a partir de noviembre: $330.000. Actualmente, la AFIP reglamentó la implementación y señaló qué pasará con el aguinaldo, teniendo en cuenta que la segunda cuota llega en diciembre.

Hasta octubre el piso era de $280.792. En noviembre, entra en vigencia el piso de $330.000. Con el pago de la segunda cuota del aguinaldo, especialistas esperaban que hubiera que sumar las dos cifras para obtener un promedio y ver si al empleado le tocaba tributar o no, debido a ese salario complementario.

Por último, la AFIP, a través de la Resolución General 5280, reglamentó las modificaciones y entre ellas señaló que, para el aguinaldo, se tendrá como piso los $330.000.

"Si bien la Ley del impuesto a las Ganancias indica que para determinar si el aguinaldo está exento deben sumarse las dos cuotas del mismo, la RG (AFIP) 5280 modifica este criterio", afirmó el tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.

Además, el especialista aseguró que "los empleadores, al momento de efectuar el análisis para determinar si retienen o no el impuesto a las ganancias sobre el aguinaldo, deberán analizar las características de cada cuota del 2022 en forma independiente".

"​La primera cuota: si el monto de la remuneración y/o haber bruto promedio mensual del primer semestre no supera la suma de $ 280.792, el SAC estará exento hasta la mitad de ese valor, es decir, $ 140.396", comentó el funcionario.

En el caso de la segunda cuota consideró que: "Si el monto de la remuneración y/o haber bruto promedio mensual del segundo semestre no supera la suma de $330.000, el SAC estará exento hasta la mitad de ese valor, es decir, $165.000".

De acuerdo con los tributaristas, "esto generaría una situación no deseada: técnicamente el empleado debería analizar el tratamiento del aguinaldo conforme a la Ley y presentar la declaración jurada de ganancias generando un impuesto diferente que, según el caso, podría ser a favor o en contra del mismo".

En ese sentido, un empleado tiene una remuneración de $280.000 durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y diciembre de 2022. En el caso de noviembre, cobrará adicionalmente $200.000 por un trabajo especial, por lo que su remuneración total en ese mes será de $480.000.

Por lo que la segunda cuota del SAC será $240.000 considerando que la mejor remuneración es la de noviembre por $480.000 ($280.000 + $200.000). El promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual del segundo semestre será $313.333,33 ($1.880.000/6).

Por lo tanto, teniendo en cuenta que su remuneración y/o haber bruto mensual del segundo semestre será $ 313.333,33 y no superará los $ 330.000, estará exenta la suma de $ 165.000 ($ 330.000 / 2) y gravado el excedente de $ 75.000 ($ 240.000 - $ 165.000)

Por otro lado, Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores, explicó que "dado que la suba del mínimo del Impuesto a las Ganancias a $ 330.000 comienza para remuneraciones devengadas desde el 1 de noviembre pasado, el año fiscal se segmenta en tres períodos: de enero a mayo; de junio a octubre; y de noviembre a diciembre". 

Por último sostuvo: "En tanto, la liquidación del impuesto sobre la primera cuota del SAC no sufrirá modificaciones".

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias