viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº1941

Rosca | 20 nov 2020

8 meses varados

La Corte ordenó a Formosa que permita el ingreso de residentes formoseños

Después de la escandalosa medida del gobernador Insfrán, mediante la cual dejó a residentes de la provincia 8 meses fuera de sus casas, intervino la corte suprema: lo obligan a garantizar el acceso.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al Gobierno de Formosa que permita el ingreso a su territorio de los ciudadanos de esa provincia que no pudieron regresar desde el comienzo de la pandemia de coronavirus, y le dio un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de hoy, para concretar la medida con el cumplimiento de las normas sanitarias que estime pertinentes.

El máximo tribunal se expidió de esta manera ante un amparo colectivo presentado por damnificados por las limitaciones a la libre circulación de personas que impusieron las autoridades formoseñas ante la pandemia de coronavirus, y que motivó -según estimaciones de la oficina argentina de Amnistía Internacional- que alrededor de 7.500 personas quedaran varadas en el límite provincial sin poder ingresar a esa jurisdicción.

La Corte señaló: "Aun cuando pudiesen resultar adecuadas a la tutela de la salud pública, las medidas adoptadas por las autoridades provinciales aparecen como limitaciones irrazonables a la autonomía personal frente a la demora para concretar el ingreso de quienes lo requieren, incluso, de aquellas personas que, de acuerdo con la propia reglamentación local, se encontrarían dentro de los casos prioritarios".

El gobierno de Gildo Insfrán informó que "este jueves ingresaron a Formosa mediante el sistema ordenado y administrado las últimas doce personas que aguardaban hacerlo a la vera de la ruta nacional N°11 en Puerto Eva Perón, provincia del Chaco".

Según publicó la Agencia de Noticias de Formosa (Agenfor) la información fue confirmada tanto por la policía de Formosa, como por la de Chaco: "El comisario chaqueño Walter Ávalos informó que esta mañana ingresó el último grupo de personas que aguardaban ingresar". Mientras que el comisario inspector de la policía formoseña, Félix Bogado, Jefe de la Unidad Regional con sede en Mansilla –límite con Chaco- destacó "que efectivamente doce personas que estaban acampando en las inmediaciones del puente, ingresaron, mediante el sistema Ordenado y Administrado, a la provincia".

En una decisión unánime, la Corte puntualizó que "la restricción de derechos en el marco de la aplicación de medidas de la naturaleza de las descriptas, no resulta prima facie razonable en su aspecto temporal", ni tampoco "en el aspecto económico, en tanto supedita el ejercicio de derechos a una determinada capacidad económica", indicaron fuentes judiciales.

Aunque transcurrieron "varios meses desde la puesta en práctica del referido Programa, no se ha definido el tiempo de su vigencia ni de las medidas allí dispuestas, ni existen indicios de hasta cuándo se extenderán las restricciones al derecho a transitar libremente".

Subraya la Corte que "este derecho a transitar libremente en su territorio, sin distinción alguna está reconocido a sus habitantes por la Constitución Nacional en sus artículos 8° y 14, y por instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, como la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles, ambos con jerarquía constitucional en la Argentina".

Con respecto de las esperas "sufridas por las personas solicitantes de ingreso para retornar a sus domicilios ubicados dentro de los límites provinciales -períodos durante los cuales se encontraban en las más variadas situaciones, algunas de ellas de alta vulnerabilidad─, conforme a la información brindada por la propia provincia", el fallo señala que "en algunos casos se extendieron por cuatro meses".

La Corte evaluó que "los planteos judiciales que se efectuaron en otras instancias por parte de los afectados por las restricciones" cuestionadas, y "la cantidad de personas que fueron autorizados a ingresar a Formosa por esa vía -denunciados por el Estado provincial como una interferencia a las políticas sanitarias desarrolladas-, solo demuestran la insuficiencia del sistema instaurado para responder a la legítima demanda de pedidos de autorización de ingresos".

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