martes 20 de octubre de 2026 - Edición Nº2876

Rosca | 20 oct 2026

SERVICIOS PÚBLICOS Y TARIFAS

Modificaron los requisitos de acceso al beneficio adicional de Zona Fría para usuarios de gas en San Nicolás

14:56 |Una reforma legal eliminó el otorgamiento automático por residencia geográfica en el distrito y estableció criterios socioeconómicos focalizados. Para mantener la bonificación adicional, los ingresos del grupo familiar no deberán superar las tres Canastas Básicas Totales


Los usuarios residenciales del servicio de gas natural en el partido de San Nicolás deberán acreditar condiciones socioeconómicas específicas para conservar la bonificación adicional del régimen de Zona Fría. La reforma legal dejó sin efecto el criterio de asignación automática que regía desde la sanción de la Ley 27.637 en 2021 y que beneficiaba a la totalidad de los hogares del municipio por el solo hecho de su radicación geográfica.

A partir de las nuevas disposiciones normativas, el beneficio tarifario quedará supeditado a la inscripción previa en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados y al cumplimiento de parámetros definidos de ingresos o vulnerabilidad. El tope general de ingresos fijado equivale a tres Canastas Básicas Totales (CBT) correspondientes a la medición del Hogar 2 confeccionada por el INDEC, lo que posiciona el umbral determinante de acceso en torno a los 4,89 millones de pesos mensuales por grupo familiar.

Asimismo, la normativa contempla excepciones para hogares que cuenten entre sus miembros con titulares del Certificado Único de Discapacidad (CUD) —Sujetos a evaluación de necesidad por parte de la Secretaría de Energía—, beneficiarios de Pensiones Vitalicias a Veteranos de Guerra de Malvinas o familias inscriptas en el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap) con Certificado de Vivienda Familiar.

Quienes superen los límites de ingresos estipulados y no encuadren en las categorías de excepción perderán la bonificación adicional en sus liquidaciones. Desde la autoridad regulatoria señalaron que el impacto económico final en los montos facturados variará según la categoría de usuario, el nivel de consumo estacional y el esquema de subsidios generales aplicables a cada factura.

Para conservar la asistencia o solicitar su incorporación, los usuarios deberán tramitar la inscripción gratuita a través del portal oficial de subsidios energéticos del Gobierno nacional. El trámite requiere la presentación del número de medidor o cliente, DNI del titular, CUIL de los convivientes mayores de edad y una casilla de correo electrónico. El marco regulatorio reformado mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031.

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