miércoles 14 de octubre de 2026 - Edición Nº2870

Rosca | 14 oct 2026

Medio ambiente

La Libertad Avanza busca modificar la Ley de Ordenamiento Territorial para exigir el tratamiento de efluentes cloacales

14:07 |El bloque de senadores bonaerenses presentó un proyecto impulsado por Analía Balaudo que adiciona un artículo al Decreto-Ley 8912/77. La iniciativa impone la obligación de depurar los líquidos antes de su descarga en el suelo y supedita el otorgamiento de habilitaciones edilicias al acatamiento de esta disposición


El bloque de senadores de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires promueve una reforma sobre la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo con el objeto de intensificar los controles referidos al vertido de efluentes domiciliarios y resguardar la salud pública.

La propuesta, planteada por la senadora Analía Balaudo, contempla la adición de un texto normativo al Decreto-Ley 8912/77 para normar que los residuos cloacales únicamente puedan verterse sobre la superficie o el subsuelo tras ser sometidos a un procedimiento previo que garantice su inocuidad. En paralelo, en aquellas parcelas donde exista infraestructura de red pública frente al predio o a una distancia determinada por la regulación, la conexión resultará obligatoria, quedando prohibido el vertido directo en la tierra.

“Resulta inadmisible que los desechos se liberen sin procesamiento sobre el mismo terreno del cual numerosos hogares extraen el recurso para consumo. El propósito central radica en evitar la contaminación ambiental y tutelar la salud de los habitantes de la provincia. La legislación bonaerense contempla normativas de preservación; procuramos que este requerimiento se incorpore explícitamente entre los requisitos de autorización de obras”, afirmó Balaudo.

Asimismo, la iniciativa aborda la situación de aquellas áreas desprovistas de red cloacal: en tales supuestos, la disposición final de las descargas deberá adecuarse a los modelos técnicos y parámetros fijados por la Autoridad del Agua. De igual modo, la expedición de habilitaciones municipales y la aprobación de certificados de obra requerirán la constatación previa del acatamiento de dichas pautas.

“La tutela de los recursos hídricos no puede quedar restringida a un enunciado formal ni ejecutarse una vez ocasionado el perjuicio. Los requisitos deben comprobarse de manera anticipada a la habilitación de una construcción. A través de este proyecto procuramos que una exigencia ya presente en el plexo legal adquiera operatividad efectiva dentro del planeamiento urbano”, añadió la legisladora.

De obtener la sanción parlamentaria, la iniciativa establece que el Poder Ejecutivo provincial dispondrá de un plazo de 90 días contados a partir de su publicación para promulgar la reglamentación correspondiente.

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