lunes 21 de septiembre de 2026 - Edición Nº2847

Rosca | 21 sep 2026

La Ciudad le pone más trabas a los deudores alimentarios: no podrán apostar ni operar en plataformas de juego en línea

12:12 |El Gobierno porteño comenzó a aplicar una nueva restricción que impide a los inscriptos en el Registro de Alimentantes Morosos utilizar sitios habilitados por Lotería de la Ciudad. Las empresas deberán verificar las identidades en tiempo real e incautar las cuentas operativas


Los deudores alimentarios que no cumplan con sus obligaciones de asistencia familiar sumaron un nuevo límite en el ámbito porteño. A partir de la puesta en práctica de una nueva ley aprobada en la Legislatura que modificó la normativa del sector, quienes integren el Registro Público de Alimentantes Morosos (RPAM) no podrán apostar ni operar en sitios de juego en línea habilitados en la Ciudad de Buenos Aires.

La regulación comprende a todas las modalidades administradas por Lotería de la Ciudad (LOTBA) —incluyendo juegos de azar, destreza y apuestas digitales— e impide a los morosos abrir o mantener cuentas activas, así como realizar depósitos, jugadas o retiros de fondos. Se trata de una medida complementaria orientada a garantizar los derechos e intereses económicos de niños, niñas y adolescentes en el distrito.

“En la Ciudad, los deudores alimentarios no pueden entrar a estadios ni espectáculos masivos. Ahora, tampoco pueden hacer apuestas online. Es muy simple: si no cumplís con una obligación tan básica como alimentar a tus hijos, tenés consecuencias”, remarcó el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, tras la oficialización del mecanismo.

Para dar cumplimiento efectivo a la norma, el esquema obliga a las operadoras privadas a realizar consultas informáticas automatizadas y en tiempo real contra la base del RPAM antes de habilitar a cualquier usuario. En el caso de que se identifique una cuenta ya existente perteneciente a un deudor registered, la firma deberá darla de baja o suspenderla de manera inmediata y notificar la novedad tanto al Registro como a la Justicia porteña. Aquellas empresas que omitan dichos procedimientos se expondrán a penalidades graduadas según los pliegos de concesión y el Régimen de Faltas.

Por su parte, el presidente de LOTBA, Jesús Acevedo, celebró el avance normativo y señaló que el sistema regulado debe alinearse con la responsabilidad social: “Quien tiene una deuda alimentaria con sus hijos tiene una obligación que debe cumplir y no corresponde que pueda destinar recursos a las apuestas”.

La iniciativa parlamentaria incorporó el artículo 17 bis a la Ley N° 269 (creadora del RPAM), además de fijar protocolos para el entrecruzamiento informático de datos y el resguardo de la información personal de los consultados.

Actualmente, el Registro de Deudores Alimentantes Morosos —bajo la órbita del Ministerio de Justicia porteño— cuenta con una nómina de 13.500 inscriptos, combinando registros de la Ciudad y de 14 provincias que firmaron convenios de reciprocidad. En la jurisdicción de CABA, figurar en este listado acarrea además la imposibilidad de tramitar la licencia de conducir no profesional, sacar tarjetas de crédito, solicitar préstamos en el Banco Ciudad, postularse a cargos públicos o participar en concursos judiciales, sumado a las severas restricciones de acceso a estadios deportivos mediante controles masivos de seguridad.

Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias