sábado 15 de junio de 2024 - Edición Nº2019

Macro y Micro | 20 may 2024

Economía

Se reducirán a la mitad los intereses por deudas con la AFIP

Regirá a partir de junio, según profesionales de ciencias económicas


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una drástica reducción en las tasas de intereses resarcitorios y punitorios aplicados a obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras para el bimestre junio/julio 2024. Esta medida representa un descenso del 46,89%, pasando del 12,07% al 6,41% mensual para los intereses resarcitorios, y del 13,93% al 7,39% mensual para los intereses punitorios.

La decisión se fundamentó en la rebaja realizada por el Banco Nación en la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente, utilizada como referencia para calcular los intereses resarcitorios.

"A pesar de esta significativa baja, la tasa de intereses resarcitorios sigue siendo superior a la que puede obtener un contribuyente mediante una inversión financiera", señaló Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, al comentar sobre la medida.

Domínguez destacó que la reducción busca desincentivar el uso de los impuestos como fuente de financiamiento para inversiones financieras más lucrativas, lo cual podría impactar negativamente en las finanzas públicas.

Para las micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, existen planes de pago con reducciones de la tasa de intereses resarcitorios del 40% y 50%, con el objetivo de aliviar la carga financiera sobre estos sectores.

Sin embargo, advirtió que en algunos casos el rendimiento financiero de las inversiones podría equipararse o incluso superar ligeramente la tasa de intereses resarcitorios, lo que subraya la necesidad de una revisión más amplia de las políticas fiscales y financieras.

El CEO de SDC Asesores Tributarios también llamó la atención sobre la disparidad de tasas entre el cobro de intereses por parte de la AFIP y las tasas aplicadas a devoluciones y acciones de repetición por parte de los contribuyentes, instando al Ministerio de Economía a abordar esta inequidad.

"Es injusto que la AFIP aplique una tasa cuando el contribuyente se retrasa en el pago de sus obligaciones y no haga lo mismo cuando se demore, muchas veces sin motivo, en efectuar devoluciones", concluyó.

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