sábado 12 de julio de 2025 - Edición Nº2411

Macro y Micro | 4 jun 2020

La AFIP suspende los juicios por deudas impositivas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió hasta el día 30 de junio la iniciación de juicios de ejecución fiscal, en el marco de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus.


La Resolución General Nº 4730/20 publicada hoy en el Boletín Oficial establece: “no obsta al ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del fisco para determinar y exigir el pago de los tributos, multas y accesorios cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de AFIP”.

El texto de la resolución afirma que el aislamiento determinado a partir de la pandemia de coronavirus “ha repercutido no sólo en la vida social de los habitantes de este país, sino también en la economía”. Y subraya que la AFIP “viene adoptando una serie de medidas con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a su cargo”.

Si bien se levantó la feria judicial extraordinaria, respecto de ciertos tribunales federales con sede en provincias y ciudades que avanzan en las sucesivas fases del aislamiento, la AFIP considera que “deviene necesario tomar medidas con relación a la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias”. Y en este contexto, “se estima razonable contemplar la excepcional situación descripta y proceder a suspender la iniciación de juicios de ejecución fiscal”.

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