domingo 13 de julio de 2025 - Edición Nº2412

Rosca | 11 mar 2022

La provincia de Buenos Aires amplía ANR a ministerios y municipios

El Gobierno bonaerense modificó un artículo de un decreto para liberar partidas ministerios y dar asistencia a municipios


A través del Decreto 216/2022, publicado en el Boletín Oficial, desde el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires modificaron el artículo 6° del Decreto N° 50/2022 que estableció el marco normativo general para la programación presupuestaria del Ejercicio 2022.

En él se propiciaban las formas para permear el reparto de partidas a ministerios del Gabinete y municipios bonaerenses con tal de ordenar la distribución de aportes no reembolsables (ANR).

En ese sentido, los montos fueron actualizados por los que se "exceptúa de lo establecido (...) a aquellas reparticiones que, por el objeto de la asistencia financiera y/o la naturaleza del subsidio o subvención que otorguen, puedan aprobar por Resolución Ministerial aportes no reembolsables".

Por intermedio de esta norma se implementó que "los subsidios para la financiación de Gastos Corrientes y de Capital (...) cuyos montos superen, individualmente considerados, la suma de pesos CINCO MILLONES ($5.000.000), deberán ser aprobados por el Poder Ejecutivo, previa intervención de la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas".

Previo a esta medida, el tope que limitaba la intervención del Ejecutivo bonaerense era de $500.000, actualmente, desde los ministerios podrán resolver el destino de fondos por hasta $5 millones.

El decreto fue firmado por el gobernador Axel Kicillof; el jefe de Gabinete, Martín Insaurralde; el ministro de Hacienda y Finanzas, Pablo López; el de Desarrollo a la Comunidad, Andrés Larroque; y el de Vivienda, Agustín Simone.

En ese sentido, los ARN son partidas destinadas para distintas dependencias gubernamentales o para los municipios bonaerenses que, según la asistencia pertinente, solicitan o precisan de estas partidas para solventar alguna serie de déficits contables o el costeo de distintas medidas políticas.

Por lo tanto, desde la Provincia exceptuaron a algunos ministerios de que deban pasar por el Ejecutivo para resolver:

  • Los Aportes No Reintegrables que presupuestariamente se imputen, a través del Presupuesto de Erogaciones de la Jurisdicción: Obligaciones a cargo del Tesoro.

  • Los Aportes No Reintegrables que presupuestariamente se imputen, a través del Presupuesto de Erogaciones del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y de los Ministerios de Infraestructura y Servicios Públicos y de Hábitat y Desarrollo Urbano, con el fin de otorgar subsidios a municipios para la financiación de Gastos Corrientes y de Capital.

  • Los subsidios otorgados por el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU) a los municipios, por un monto individual de hasta pesos QUINCE MILLONES ($15.000.000), y a las demás personas jurídicas, por un monto individual de hasta pesos DIEZ MILLONES ($10.000.000).

  • Los subsidios y/o subvenciones que se otorguen a los municipios, por un monto individual de hasta pesos TREINTA MILLONES ($30.000.000) para el desarrollo y fortalecimiento de los agrupamientos industriales - creados o a crearse - en la provincia de Buenos Aires, en el marco del Programa “ArriBA Parques”, creado en el ámbito del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica.

  • Los subsidios y/o subvenciones que se otorguen a los municipios, por un monto individual de hasta pesos SIETE MILLONES ($7.000.000), en el marco del Programa “Juegos Bonaerenses”, creado en el ámbito del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad.”

  • Los Aportes No Reintegrables que presupuestariamente se imputen a través del Presupuesto de Erogaciones del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, por un monto individual de hasta pesos QUINCE MILLONES ($15.000.000)”.

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