

El Gobierno Nacional dio un paso formal en el proceso legislativo al promulgar la Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27795) y la Ley de Emergencia Pediátrica (Ley 27796), ambas ratificadas por la Cámara de Diputados y Senadores a pesar del veto del presidente Javier Milei. Sin embargo, de manera simultánea, el Poder Ejecutivo suspendió su aplicación a través de los Decretos 759/2025 y 760/2025, publicados en el Boletín Oficial, argumentando que el Congreso debe resolver previamente el financiamiento de los gastos que estas leyes generan.
La decisión se fundamenta en el artículo 5 de la Ley 24.629, que establece que “toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos”. En caso contrario, la ley “quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”. De esta forma, el Gobierno traslada al Congreso la responsabilidad de reasignar los créditos presupuestarios o de identificar el incremento de ingresos corrientes para sostener las nuevas erogaciones.
En el caso de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria, el objetivo es “garantizar la protección y el sostenimiento” de la educación superior pública. La norma establece un mecanismo de actualización automática de los gastos de financiamiento en base a la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, lo que obliga a adecuar las partidas presupuestarias al 1º de enero de 2025. Adicionalmente, la ley exige a la Auditoría General de la Nación un control externo de las universidades.
Por otra parte, la Ley de Emergencia Sanitaria de la Salud Pediátrica y de Residencias Nacionales declara el estado de crisis por el plazo de un año. Esta legislación demanda la asignación prioritaria e inmediata de recursos presupuestarios para insumos críticos, infraestructura, medicamentos y personal esencial. Sus puntos centrales incluyen la recomposición inmediata de los salarios del personal de salud y la exención del Impuesto a las Ganancias para el personal de salud en actividades críticas, horas extras o guardias. Además, declara al Hospital Garrahan como referencia nacional y crea una comisión de seguimiento con participación del Congreso y el Ministerio de Salud.
La suspensión de ambas leyes, que obliga a la reasignación de partidas dentro del Ministerio de Salud para la emergencia pediátrica, se mantendrá en pie hasta que el Poder Legislativo cumpla con la delimitación del financiamiento, forzando la inclusión de los gastos en el próximo Presupuesto Nacional.